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Los extranjeros residentes podrán pedir el cambio de identidad sexual en el documento
A través de la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones 1/2012 y 2/2012, el Ejecutivo posibilitó la modificación de la identidad sexual en su documento a los extranjeros residentes en el país.
Esta medida estaba contemplada en la Ley Nº 26743 de Identidad de Género y supone la creación del procedimiento y el formulario a través de los cuales, quienes nacieron fuera de Argentina, podrán acceder a este derecho. El trámite se realiza en Dirección Nacional de Migraciones y requiere que los solicitantes tengan residencia permanente en la Argentina, DNI local y una ¨nota consular en la que se indique que no resulta posible la rectificación de sexo en su país de origen¨.
Según sostiene el texto, la reglamentación de esta norma permitirá la ¨rectificación registral de sexo, y el cambio de nombre/s de pila e imagen de residentes extranjeros, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida¨. Estas modificaciones deberán informarse al país de origen de la persona que realice el trámite así como también a la Interpol. De acuerdo con la Ley de Identidad de Género, esta gestión está eximida de pago.
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