El 15% de recargo a las compras en el exterior será devuelto mensualmente

Los empleados en relación de dependencia que paguen Ganancias podrán recuperar mensualmente el 15% adicional que se aplica a los gastos con tarjeta efectuados en el exterior. Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la medida busca que el contribuyente no tenga que esperar hasta fin de año para recuperar el dinero del recargo, de modo que no se vea afectado su poder de ahorro.

El ente recaudador confirmó que a partir del primero de octubre, el empleado que abone el Impuesto a las Ganancias podrá presentarle a su empleador el resumen con los gastos en dólares que haya efectuado en el exterior, y la empresa deberá descontar el recargo. A su vez, aquellas personas que se desempeñan en forma independiente y figuren ante el fisco como responsables inscriptos, podrán descontar ese porcentaje en el pago de los cinco anticipos de Ganancias que abonan anualmente, sin tener que esperar hasta fin de año. Asimismo, los monotributistas deberán pedir un certificado ante la AFIP, y el organismo ya advirtió que cruzará sus datos para chequear que la persona tenga todo en regla.

Los trabajadores en relación de dependencia que se verán beneficiados serán los que tengan un sueldo neto desde $ 5.782, en el caso de los solteros, y a partir de $ 7.998 para los casados con dos hijos. Con el resumen del banco que detalla los gastos realizados con el plástico, donde figurará el recargo del 15% por todos los consumos que se hayan efectuado en el extranjero, los empleados podrán solicitar al empleador el reintegro del tributo.